El
principio de la legalidad de los impuestos exige que los órganos vinculados a
la creación de la ley intervengan en su imposición, modificación o derogación,
lo que implica al Congreso y al Presidente de la República. Además de eso, a
nivel administrativo, hay dos órganos relacionados específicamente con materias
tributarias; el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la
República.
En
ciertos casos hay otros órganos que tienen competencia tributaria. Es, por
ejemplo, el caso del Servicio Nacional de Aduanas, que se relaciona con los
aranceles.